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domingo, 24 de enero de 2021

BBVA condenado en España a anular una Tarjeta Revolving de 15.352€






ROIPRESS / ESPAÑA / BANCA - El Juzgado de 1ª Instancia Nº 12 de Bilbao, capital situada al norte de España, ha condenado a BBVA a anular una tarjeta de crédito revolving Affinity Card de Zara de una clienta representada por  DonRecuperador.com . Gracias a la condena conseguida por esta compañía de servicios legales, la clienta recuperará 15.352,44€. 


La clienta contrató la tarjeta el 20 de diciembre de 1991 en una tienda del grupo Inditex, concre-tamente en Zara, tarjeta que actualmente está comercializada por la entidad bancaria BBVA. Du-rante los más de 20 años de vigencia del contrato la clienta ha pagado, según la propia entidad en su contestación a la demanda, la cantidad de 15.352€ en intereses. 


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Antonio Castro y Raúl Rubio, los letrados de Don Recuperador encargados de este litigio, solicita-ron que se aportase en sede judicial copia del contrato, al haberlo intentado previamente de for-ma extrajudicial sin éxito. Sin embargo, en ningún caso la entidad pudo aportar dicho documento, con las condiciones generales de contratación firmadas por su representada, porque no disponían de las mismas pese a ser obligatoria su guardia y custodia atendiendo a la Orden EHA/2899/2011 de 28 de octubre de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios actualmente en vigor y que establece, según su artículo 7 que:

1. Las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar del do-cumento contractual en que se formalice el servicio recibido.

2. Las entidades de crédito deberán conservar el documento contractual y poner a disposición del cliente copia del mismo siempre que éste lo solicite.


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En este contexto, la sentencia aprecia que, con todos los medios de prueba aportados, es la usura en los intereses aplicados en esta tarjeta (22,42% TAE), que deben ser satisfechos por la entidad BBVA a la demandante, anulando el contrato de esta tarjeta revolving, los 15.352,44€ de intereses facturados y el reembolso del exceso, en total 9.891,72€.

“Atendiendo a la jurisprudencia, la referencia más adecuada para valorar la usura sería la de los tipos medios de los créditos de consumo de 1997 que rondaba el 8.34%. Además, la Ley de Repre-sión de la Usura declara la nulidad de un contrato con arreglo a la misma, obligando a entregar tan solo la suma recibida y los intereses vencidos. En el caso de nuestra representada, después de 20 años pagando una media de 90 euros al mes, debía aún 5460 euros” explican desde Don Recuperador.



Para leer y/o descargar la sentencia haz CLIC AQUÍ








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