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miércoles, 21 de enero de 2026

Diligencias irregulares, archivos sospechosos, inspectora “fantasma” y silencio oficial: la AEPD bajo la lupa judicial

 

  • La AEPD archivó dos reclamaciones basándose en diligencias irregulares y ahora la Agencia guarda silencio



ROIPRESS / ESPAÑA / ORGANISMOS - El pasado 26 de febrero de 2025, una supuesta inspectora-instructora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), identificada como Guadalupe González García, realizó unas diligencias de investigación que, según la documentación obrante, presentan graves deficiencias técnicas y procedimentales.

Entre las irregularidades detectadas destacan:

  • Capturas de pantalla parciales, sin realizar desplazamiento (“scroll”) para comprobar el contenido completo de las páginas web.
  • Captura de una única imagen fija cuando el contenido real era un carrusel de imágenes, omitiendo parte sustancial de la información.
  • Introducción errónea de direcciones web, comprobando páginas inexistentes o irrelevantes para el procedimiento. (la introducción de una “j” en la palabra “nuestros”, la condujo a una página web irrelevante)
  • Mezcla de comprobaciones correspondientes a dos empresas distintas en un único documento.

Estas diligencias se realizaron sobre las páginas web de Digiman Alicante S.L. y Digitecnia Solutions S.L., dos entidades que, según el propio presidente de la AEPD, poseen responsabilidades completamente independientes, razón por la cual se incoaron dos expedientes administrativos distintos.

Sin embargo, las diligencias de ambas empresas fueron incorporadas únicamente a uno de los expedientes, dejando el otro sin ninguna actuación inspectora documentada.

A pesar de ello, dichas diligencias deficientes fueron utilizadas como base para proceder al archivo de ambos expedientes, privando al reclamante de una investigación completa, objetiva y ajustada a Derecho.

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Opacidad institucional

Cuando el reclamante solicitó información sobre la habilitación legal de la persona que firmó las diligencias como inspectora-instructora, la AEPD se negó reiteradamente a facilitar datos básicos sobre su situación administrativa, su adscripción, su puesto concreto o la base legal que le permitía ejercer funciones inspectoras.

La Agencia ha invocado de forma reiterada la protección de datos personales para negar información que es exclusivamente profesional y de carácter público, generando una situación de absoluta opacidad incompatible con los principios de transparencia que deben regir una autoridad de control en materia de protección de datos.

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Vía administrativa y penal

Ante esta situación:

  • Se ha presentado solicitud de nulidad de pleno derecho de ambos expedientes administrativos, al amparo del artículo 47.1 de la Ley 39/2015.
  • Se han iniciado solicitudes de información ante distintos ministerios para esclarecer la situación administrativa real de la funcionaria.

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Una pregunta sin respuesta

El núcleo del conflicto se resume en una pregunta sencilla:

Si todo se hizo conforme a Derecho, ¿por qué la AEPD se niega a explicar quién es exactamente la persona que firmó las diligencias, qué puesto ocupa y con qué habilitación legal?


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